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Agència Catalana del consum - www.gencat.cat

El gas natural y el mercado libre

 
Desde el 1 de julio de 2008 que desapareció el sistema de tarifas reguladas y todos los usuarios de gas natural pasamos al mercado libre. También se creó la tarifa de último recurso, que es el precio máximo que las empresas comercializadoras de último recurso podrán cobrar a las personas usuarias.

Por eso, teniendo en cuenta el traspaso del mercado regulado al mercado libre y la aplicación de la tarifa de último recurso, sepan que podrán escoger entre:
  • Contratar con una empresa comercializadora y pactar libremente el precio.
  • Contratar la tarifa de último recurso con una de las empresas designadas que prestan el servicio de último recurso:
    • Endesa Energía, S.A.
    • Gas natural Servicios, S.A.
    • Iberdrola, S.A.
    • Naturgas Energía Comercializadora, S.A.U.
    • Unión Fenosa Comercial, S.L.
  • Recuerden que si el 1 de julio no se cambiaron al mercado libre, pasaron automáticamente a recibir el suministro de la empresa comercializadora de último recurso que pertenece al grupo empresarial de la empresa distribuidora con la cual estaban.
Por lo tanto, ante esta nueva situación, si reciben una llamada telefónica o una visita inesperada en su domicilio para que cambien de compañía del gas:
  • Fíjense bien en quién les llama al teléfono o en la puerta de su domicilio, pidan que se identifique.
  • Les tiene que informar claramente de la finalidad comercial y de las características esenciales del servicio que les ofrece.
  • Tengan en cuenta los precios, los descuentos ... todos los servicios que les ofrece.
  • No se sientan presionados y no se precipiten, pidan toda la información que haga falta.
  • No faciliten sus datos bancarios, ni las facturas anteriores, ni sus datos personales si no están realmente seguros de la contratación.
  • Estudia muy bien la oferta de la nueva compañía antes de darte de alta.
  • Comparen los precios y los servicios que les ofrecen.
  • Pueden escoger qué empresa comercializadora quieren que les preste el servicio.
  • No es obligatorio contratar la tarifa de último recurso (TUR).
  • Pregunten cuáles son los requisitos para hacer el cambio de compañía, si realmente les interesa.
  • Si tienen contratada alguna financiación con la compañía actual, infórmense de cómo quedará.
  • Lean detenidamente el contrato y nunca firmen un documento en blanco.
  • El nuevo contrato se tiene que realizar por escrito y en ejemplar doble.
  • Tienen 7 días para desistir del contrato sin tener que dar ninguna justificación.
  • Todas las empresas disponen de hojas oficiales de reclamación/denuncia.
  • Es una garantia escoger una empresa adherida al sistema arbitral de consumo.

    Junta Arbitral de Consum de Catalunya

  • Más información:

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