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Información general
1. ¿Qué es una asociación de consumidores?
2. ¿Quién puede ser socio de una asociación de consumidores?
3. ¿Qué hacen las asociaciones de consumidores?
3.1. En la vía judicial
3.2. En las vías extrajudiciales
4. ¿Qué ventajas tienen los consumidores por estar asociados a una organización de consumidores?
5. ¿Como se financian las asociaciones de consumidores?
1. ¿Qué es una asociación de consumidores?
Las asociaciones de consumidores son organizaciones privadas, de interés público, en las que tres o más personas se unen de manera voluntaria, libre y solidaria para conseguir, sin afán de lucro, una finalidad dirigida a defender los intereses de los consumidores.
La tarea que desarrollan va dirigida a sus asociados y entre los servicios que ofrecen a sus miembros podemos señalar el de información y asesoramiento, defensa jurídica, tanto individualizada como colectiva, así como publicaciones y estudios especializados.
2. ¿Quién puede ser socio de una asociación de consumidores?
Cualquier persona consumidora puede ser miembro de una asociación de consumidores. Para formar parte de ella es necesario que la persona inscriba sus datos y pague una cuota.
Es persona consumidora o usuaria toda persona que, como destinataria final, hace la adquisición, hace uso o disfrute de bienes y de servicios para su consumo o uso particular, familiar o colectivo, siempre que el proveedor tenga carácter empresarial o profesional o sea la misma Administración Pública..
3. ¿Qué hacen las asociaciones de consumidores?
De entre sus muchas actividades, hay que destacar las siguientes:
3.1. En la vía judicial
Las asociaciones de consumidores y usuarios legalmente constituidas están legitimadas para defender en juicio los derechos e intereses de sus asociados y los de la asociación, así como los intereses generales de los consumidores y usuarios.
Cuando los perjudicados por un hecho dañoso sean un grupo de consumidores o usuarios cuyos componentes estén perfectamente determinados o sean fácilmente determinables, la legitimación para pretender la tutela de aquellos intereses colectivos corresponde a las asociaciones de consumidores y usuarios, a las entidades legalmente constituidas que tengan por objeto la defensa o protección de éstos, así como a los propios grupos de afectados.
Cuando los perjudicados por un hecho dañoso sean una pluralidad de consumidores o usuarios indeterminada o de difícil determinación, la legitimación para demandar en juicio la defensa de estos intereses difusos corresponderá exclusivamente a las asociaciones de consumidores y usuarios que, conforme a la Ley, sean representativas.
Es preciso destacar que las asociaciones de consumidores pueden disponer del beneficio de la justicia gratuita (artículo 2 de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de asistencia jurídica gratuita).
Un ejemplo claro de la defensa en juicio de los derechos e intereses de los consumidores por parte de las asociaciones de consumidores es su legitimación para el ejercicio de:
la acción de cesación
Es una acción que se ejerce a través de un juicio verbal ante los tribunales de justicia, para obtener una sentencia judicial que condene a un empresario o profesional a cesar una conducta contraria a la ley que lesione intereses colectivos o difusos de los consumidores y usuarios y a prohibir su reiteración futura.
El objetivo de la acción de cesación es la defensa de los intereses colectivos y difusos de los consumidores y usuarios y no la de intereses individuales, por lo que en una acción de cesación no se puede pedir una indemnización económica concreta.
La acción de cesación se regula por los sectores siguientes:
3.2. En las vías extrajudiciales
La mediación
Las asociaciones de consumidores utilizan la mediación como vía para resolver los conflictos entre los consumidores y los empresarios, acercando las posturas con el fin de que las partes lleguen a un acuerdo satisfactorio.
Las Juntas Arbitrales de Consumo
Las asociaciones de consumidores están legitimadas para presentar solicitudes de arbitraje ante una Junta Arbitral de Consumo en representación de un consumidor, a fin de que un conflicto se solucione a través de esta vía extrajudicial.
Las asociaciones de consumidores fomentan el arbitraje de consumo como vía de resolución de conflictos entre los consumidores y los empresarios.
Asimismo, pueden adherirse a las Juntas Arbitrales de Consumo y nombrar árbitros para que representen los intereses generales de los consumidores en los tribunales arbitrales que se constituyen para cada caso concreto.
4. ¿Qué ventajas tienen los consumidores por estar asociados a una organización de consumidores?
5. ¿Cómo se financian las asociaciones de consumidores?
Las asociaciones de consumidores se financian básicamente con:
En Cataluña, las entidades inscritas en el Registre d’Organitzacions de Consumidors y Usuaris de Catalunya podrán optar a las subvenciones que se prevén en los Presupuestos de la Generalitat de Catalunya y de sus entidades autónomas para la promoción y apoyo de actividades de orientación y defensa del consumidor y usuario.
Las asociaciones de consumidores no se pueden beneficiar de las ayudas que la Generalitat otorga a las organizaciones de consumidores si concurren algunas de las circunstancias siguientes:
Las organizaciones de consumidores están obligadas, en todo caso, a aplicar los medios de ayuda y colaboración que reciban con objeto exclusivamente a la defensa de los consumidores o a la obtención de los medios instrumentales y personales para conseguir las mencionadas finalidades.
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