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Agència Catalana del consum - www.gencat.cat

Tintorerías

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Informacin general

1. Clasificacin de los servicios
2. Precios
3. Cartel de derechos del usuario
4. Resguardo de depsito
5. Responsabilidades del establecimiento
6. Consejos prcticos en el supuesto de reclamacin a travs del arbitraje de consumo o de la va judicial

1. Clasificacin de los servicios
Los servicios tipo que ofrecen los establecimientos de tintorera, de limpieza textil o de cueros y pieles se pueden clasificar de la siguiente forma:

  • Limpieza textil: es completa cuando incluye la limpieza, el procedimiento especfico de quitar las manchas, el planchado mecnico y el retoque y el planchado final a mano; y es simplificada si nicamente incluye la limpieza y el planchado mecnico.
  • Lavado textil: en rgimen de autoservicio comprende el lavado, o bien el lavado y el secado; y en rgimen de realizacin por el personal de la lavandera incorpora el plegado solamente, o el planchado y plegado.
  • Trabajos de tintura: tintan la ropa.
  • Limpieza de cuero y piel: en establecimientos especiales para tratar estos artculos.

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2. Precios

  • Los precios de estos servicios son libres, si bien se tienen que anunciar en un cartel colocado en un lugar a la vista del pblico en el interior del establecimiento, con letras y nmeros de fcil observacin y lectura y con un tamao de letras y guarismos no inferior a siete milmetros y escrito al menos en cataln.
  • Se deben indicar en el mencionado cartel los precios mximos de los diferentes servicios y del resto de servicios complementarios que ofrecen referidos a cada una de las prendas de uso ms corriente (abrigo, gabardina, traje de seor, vestido-chaqueta, vestido, pantaln, falda, blusa, jersey, chaleco y corbata…). Estos precios tienen que indicar la cantidad total quela persona usuariadebe satisfacer, con impuestos incluidos.
  • Los precios de limpieza de alfombras y moquetas se deben indicar en el cartel anunciador por unidades de metro cuadrado.
  • En este cartel tambin se tiene que anunciar el precio de los posibles recargos que el establecimiento pueda fijar en concepto de almacenamiento por demora del cliente en la recogida de las prendas. En este caso se debe especificar el plazo a partir del cual se entiende producida la demora, que no puede ser inferior a tres meses a partir de la fecha fijada como finalizacin del servicio en el resguardo de depsito de la prenda.
  • Solamente se puede exigir el pago anticipado, total o parcial, del importe del servicio cuando existe conformidad expresa del cliente.

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3. Cartel de derechos del usuario
En el establecimiento tiene que haber un cartel, redactado al menos en cataln, de fcil observacin y lectura (letras de tamao no inferior a siete milmetros) con las indicaciones siguientes:

  • “Este establecimiento dispone de hojas de reclamacin.”
  • “Cualquier pago anticipado del importe del servicio es opcional para el cliente.”
  • “Soliciten el correspondiente resguardo de depsito y comprueben que las observaciones que se consignan corresponden al servicio solicitado y a las caractersticas de la prenda.”
  • “Si la limpieza ha sido defectuosa, pueden exigir en el momento de la entrega que la vuelvan a realizar sin ningn cargo”

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4. Resguardo de depsito
El establecimiento debe entregar al cliente en el momento en que deja la prenda un resguardo de depsito redactado al menos en cataln y quedarse con una copia. En este documento se deben hacer constar como mnimo los datos siguientes:

  • Nombre y NIF del propietario y direccin y telfono del establecimiento.
  • Nombre, direccin o telfono del cliente.
  • Fecha de recepcin y fecha en que se prev la finalizacin del servicio.
  • El nombre de las prendas entregadas, especificando la cantidad y el tipo, clase o caractersticas.
  • Los tipos de servicio a prestar para cada prenda, su precio y el precio total. Cuando se requiere un mismo servicio sobre varias prendas se entender suficiente una referencia global.
  • La ausencia de especificacin del tipo de servicio a prestar o de su precio conlleva la obligacin de facturar el servicio por la tarifa correspondiente al ms sencillo de los servicios tipos.
  • Si el establecimiento pone objeciones importantes respecto al estado o condiciones de la prenda que se le entregue, stas se debern detallar en el resguardo que se da al cliente, quien tambin puede hacer constar las observaciones que considere oportunas.
  • Tambin se puede hacer constar en el resguardo de depsito el valor de la prenda, previo acuerdo del cliente y del establecimiento.

La presentacin del resguardo es obligatoria en el momento de recoger las prendas. En caso de prdida de ste se entregarn las prendas con la presentacin del DNI por parte del cliente, quien debe firmar la copia en poder del establecimiento conforme las ha recibido.

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5. Responsabilidades del establecimiento

  • Prestar correctamente el servicio.
  • Entregar la prenda o prendas en la fecha prevista.
  • Repasar la prenda, comprobar el etiquetado, dar informacin sobre los problemas que puedan surgir y hacer constar en el resguardo de depsito estas objeciones.

Si con posterioridad a la entrega de la prenda, y antes de prestar el servicio, el establecimiento observa problemas que no constan en el resguardo de depsito, tendr que avisar al cliente con la mayor brevedad posible de forma que quede constancia de ello. En este caso el establecimiento no podr proceder a hacer el servicio sin que las objeciones se incorporen en el resguardo de depsito en poder del cliente y en su duplicado o se emita un nuevo resguardo con anulacin expresa y convenida del anterior.

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6. Consejos prcticos en el supuesto de reclamacin a travs del arbitraje de consumo o de la va judicial
Es importante adjuntar la documentacin siguiente:

  • el resguardo de depsito de la prenda en la tintorera en el supuesto de que se haya perdido la prenda o no se haya recogido por estar en desacuerdo con el resultado del servicio.
  • la factura o ticket de compra de la prenda.
  • las reclamaciones.

En el supuesto de prdida de la prenda o que sta, a criterio del consumidor, haya quedado inservible o en muy mal estado como consecuencia del servicio prestado, si se pide una indemnizacin econmica se debe valorar sta teniendo en cuenta el precio que nos cost la prenda, el tiempo que hace que la compramos y el uso que hemos hecho de ella.

En el caso de que la prenda malograda forme parte de un conjunto, se reclamar teniendo en cuenta el total del conjunto, siempre y cuando se hayan llevado todas las prendas a la tintorera a lavar.

En el caso de prdida de la prenda o de una deficiente prestacin del servicio, tambin se puede exigir la devolucin del importe del servicio si ste ya hubiera sido abonado.

No siempre un mal resultado es atribuible al servicio prestado, puesto que en ocasiones la prenda presenta un etiquetado incorrecto y el servicio de limpieza se ha hecho correctamente y de acuerdo con l. En estos casos hay que dirigirse, para reclamar, al vendedor o fabricante de la prenda.

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