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Información general (actualizada a 02.07.2008)
1. El contrato
1.1. Modificaciones contractuales
1.2. Transparencia i publicación de la información
1.3. Recomendaciones a la hora de contratar
2. La factura
3. La seguridad en Internet
3.1 Recomendaciones ante el phising
4. El acceso a páginas de pago
5. La protección de datos
6. La publicidad por internet
7. Internet y los menores
8. Bajas
9. Derecho a compensación por la interrupción temporal del servicio de acceso a Internet
10. ¿Cómo puedo reclamar?
La conexión a internet ya forma parte del denominado Servicio Universal, es decir, que todos los consumidores tenemos el derecho al acceso funcional a internet mediante la línea telefónica. Por lo tanto, está considerado como un servicio básico.
La conexión a internet es un servicio que conlleva gastos básicos de diferentes tipos:
Algunas compañías de telecomunicaciones ofrecen servicios de tarifa plana, por los que cada mes se paga una cantidad fija sin tener en cuenta el tiempo de conexión a la red.
Existen tarifas planas para días concretos o para franjas horarias determinadas. Por lo tanto, las conexiones fuera del tiempo pactado se pagarán al precio de una llamada normal.
Las conexiones ADSL suponen la aplicación de un filtro en la misma línea de teléfono que permite estar conectados a internet y, a la vez, recibir llamadas por teléfono. Este tipo de conexión es mucho más rápido que la línea telefónica normal.
Otro medio para conectarse a internet es a través del cable, que ya ha sido instalado de forma subterránea en determinadas partes del territorio de Cataluña. Este sistema permite también usar el teléfono mientras estamos conectados.
1. El contrato
?El contrato del servicio de acceso a Internet se puede hacer personalmente, telefónicamente o telemáticamente. En todos los casos el operador siempre tiene que entregar a la persona usuaria el contrato por escrito o en soporte duradero.
En las contrataciones telefónicas o electrónicas el operador siempre tiene la obligación, posteriormente, de enviar el contrato escrito o en soporte duradero a la persona usuaria.
En estos casos, el usuario tiene 7 días hábiles para desistir desde la recepción del contrato, sin justificarlo, o 3 meses si el operador no lo ha informado de este derecho. En la contratación a domicilio, cuando la visita del comercial del operador telefónico no ha sido solicitada expresamente, el usuario también tiene estos 7 días para desistir desde la celebración del contrato en el domicilio.
Si el usuario no ha recibido el contrato, puede solicitarlo en cualquier momento de su vigencia, a través del teléfono de atención al cliente y no tendrá ningún coste. En el momento de solicitarlo, el operador tiene que asignarle un número de referencia para tener constancia de la petición.
Los contratos precisarán como mínimo los siguientes aspectos:
1.1 Modificaciones contractuales
Cualquier propuesta de modificación de las condiciones contractuales debe ser comunicada al abonado con una antelación mínima de 1 mes, y en ella se le informará del derecho del abonado a resolver anticipadamente el contrato sin penalización en el supuesto de no aceptación de las nuevas condiciones.
1.2. Transparencia y publicación de Información
Los operadores facilitarán la información sobre el contenido mínimo de los contratos a través de los siguiente medios: su página de internet; por escrito, si así lo solicita un consumidor, y si ningún coste para éste; y el teléfono de atención al público: las llamadas a dicho teléfono tendrán un coste máximo igual al precio ordinario del servicio de telecomunicaciones sin recargo.
1.3. Recomendaciones a la hora de contratar
2. La factura
Los operadores deberán informar al cliente en los siguientes términos:
En cada factura periódica que remitan a sus abonados, deberá indicarse:
En las facturas que remitan a sus abonados, deberán informar, con periodicidad al menos semestral, sobre sus derechos, conforme al modelo siguiente:
«La normativa del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio sobre protección de los derechos de los usuarios de servicios de telecomunicaciones le garantiza, entre otros, los siguientes derechos:
Sólo para Servicio de acceso a Internet:
Si Vd. tiene algún problema en su relación contractual, puede ponerse en contacto con nosotros a través de nuestro servicio de atención al cliente que le indicará su número de queja. Con ese número puede presentar una reclamación ante la Oficina de Atención al Usuario de Telecomunicaciones del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.
Vd. puede contactar con la Oficina de Atención al Usuario de Telecomunicaciones del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio a través del número 901.33.66.99 o la web www.usuariosteleco.es . En ella le asesorarán sobre sus derechos y sobre la manera de presentar una reclamación si no obtiene respuesta satisfactoria por nuestra parte.»
3. La seguridad en Internet
Existen varios factores que pueden inhibir a los usuarios de internet:
Los virus son programas informáticos que atacan a la información guardada en el ordenador y que se pueden traspasar voluntaria o involuntariamente a otros ordenadores. Por ello es necesario que instalemos en el ordenador programas de detección de virus. También es recomendable, en cualquier caso, efectuar copias de seguridad de la información contenida en nuestro ordenador para evitar el riesgo de destrucción
Las galletas (cookies) son un conjunto de datos que el servidor de una página web graba en forma de archivo en la memoria del ordenador del usuario. Estos datos son información relativa a las visitas que el usuario hace a una web y permite a su autor saber qué secciones han sido consultadas, conocer las preferencias y personalizar sus servicios en función de los gustos del usuario. Las galletas (cookies) han llegado a ser un importante instrumento de obtención de información para el administrador del servidor y para los departamentos de marketing de las empresas que hacen publicidad por internet.
Cuando el prestador del servicio utilice estos dispositivos de almacenamiento y recuperación de datos debe informar de ello al consumidor de manera clara y completa. Le tiene que indicar la finalidad de los datos y su uso. Además le tiene que facilitar la opción de rehusar este tratamiento de sus datos con un procedimiento gratuito y sencillo.
Para evitar que se grabe algo en el disco duro del ordenador y que, al acceder a una página web, se envíe información al servidor, es necesario desactivar la opción aceptar cookie. Otra manera de controlar el envío de galletas (cookies) es hacer que cada vez que se envíe una galleta (cookie), aparezca un mensaje de aviso, de forma que el usuario pueda decidir si quiere que se envíe o no al disco duro su ordenador.
También hay programas que permiten filtrar o eliminar las galletas (cookies) que se van instalando en el disco duro del ordenador del usuario. En internet pueden encontrarse también programas y servidores que permiten una navegación anónima a través de la red, eliminando o sustituyendo elementos identificadores del usuario.
3.1. Recomendaciones a los consumidores y usuarios de internet ante el 'PHISHING' (pesca de contraseñas)
El phishing es una técnica informática de ingeniería social a través de la cual se utiliza ilícitamente un duplicado falso de una página web con el fin de conseguir, de manera fraudulenta, los datos confidenciales de la persona destinataria del correo electrónico (contraseñas y claves bancarias, números de cuenta y de tarjetas de crédito, fechas de caducidad...) para hacer uso de ellos.
Falsas ofertas de trabajo
Debemos ir con cuidado si recibimos un correo electrónico con una falsa oferta de trabajo con la intención ficticia de contratar personal laboral y apropiarse de nuestros datos bancarios para finalidades fraudulentas.
Es una modalidad de Phishing a través de la cual una empresa fraudulenta nos comunica que busca personal de confianza para un puesto de mando o similar, con ingresos elevados y rápidos dentro de un horario flexible (tiempo parcial) y desde casa.
En este correo de falsa oferta de trabajo nos solicitan, mediante el engaño, los datos de nuestra cuenta bancaria para finalidades fraudulentas bajo la apariencia de una oferta de trabajo bien pagado que consistirá en recibir giros bancarios, transferencias bancarias y posteriormente enviar el dinero al extranjero.
Vigilemos si estamos buscando trabajo en los portales de Internet porque podemos recibir correos personalizados con la misma intención fraudulenta. Sigamos las recomendaciones mencionadas arriba: recordemos que es una práctica fraudulenta en Internet; es un correo trampa en el que hay voluntad de engañarnos como usuarios/destinatarios de dicho correo, para conseguir de manera fraudulenta nuestra información bancaria secreta, personal y confidencial y poder utilizarla.
¿Dónde denunciarlo?
¿Qué debemos saber sobre el “Spam/correo basura”?
El “Spam/correo basura” es todo tipo de comunicación no solicitada realizada por vía electrónica.
Tengamos en cuenta que nuestra dirección electrónica es un dato de carácter personal; recordemos que tenemos reconocido el derecho fundamental a la protección de datos personales.
4. El acceso a páginas de pago
A menudo cuando navegamos por internet nos podemos encontrar con que nos ofrezcan descargarnos determinados programas o contenidos cuya procedencia desconocemos.
Es recomendable ir con mucho cuidado antes de aceptar estos productos, ya que en muchas ocasiones para acceder a muchas páginas web de determinadas temáticas (premios, concursos, casinos, pornografía, erotismo, etc.) se tiene que hacer a través de números de teléfono de coste elevado (907). Entonces, en vez de conectar a internet por nuestro número de nodo de tarifa metropolitana, accedemos a través de estos teléfonos, cuyo coste es mucho más caro, ya que pagamos el servicio que nos están ofreciendo a través de la página web.
El acceso a este tipo de páginas se realiza a través de los denominados servicios de tarifación adicional.
Los servicios de tarifación adicional que se ofrecen en Internet son aquellos que, a través de un determinado prefijo (907), conllevan una retribución por la prestación de unos servicios de información o entretenimiento y, en consecuencia, al usuario se le repercute un coste adicional aparte del de la propia llamada. Para más información consultar el tema de consumo Servicios de tarifación adicional (803, 806, 903 y 907).
Tenemos derecho a solicitar a nuestra compañía telefónica la desconexión a los teléfonos que empiezan por estos prefijos.
No obstante, con la actual normativa, desde el 22 de agosto de 2004 ya no son de libre acceso los números de servicios de tarifación adicional que empiezan por 907 (de acceso a través de internet)
Las llamadas a números que empiezan con este prefijo deben estar desglosadas en las facturas de teléfono, donde podemos comprobar su coste económico. Podemos pedir a la compañía telefónica que identifique a la empresa titular del servicio por si queremos reclamar o denunciar a ésta en el caso de incumplimiento.
5. La protección de datos
Existen programas rastreadores que permiten localizar direcciones de correo electrónico en los foros públicos de Internet: grupos de noticias, chats, listas de correo, etc.
La arroba, como elemento común de todas las direcciones, permite detectar y capturar automáticamente gran cantidad de direcciones de correo electrónico, que después se introducen en una base de datos en la que los usuarios están segmentados en función del tema de debate o de la lista de distribución correspondiente.
El chat permite que otros participantes del chat introduzcan virus (o caballos de Troya –troyanos–) en el ordenador, a fin de facilitar un posterior acceso a él. Para prevenir estos casos es necesario enmascarar nuestra dirección de correo electrónico mediante la adición de un texto que provoque la devolución de los mensajes enviados. Por ejemplo: usuarioNOSPAM@dominio.es
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Los operadores deben garantizar la protección de los datos personales en el ejercicio de su actividad.
Los operadores podrán tratar los datos con fines de promoción comercial, siempre y cuando el abonado haya dado su consentimiento informado.
Deben dirigirse a los abonados, al menos con un mes de antelación al inicio de la promoción, e informarles del tipo de servicio para el que se efectuará el tratamiento, los tipos de datos y la duración. Esta comunicación tendrá que efectuarse a través de un medio que garantice la recepción por parte del abonado, y podrá llevarse a cabo de manera conjunta a la facturación del servicio prestado.
Debe facilitarse al interesado un medio sencillo y que no implique ningún coste para manifestar su negativa al tratamiento de los datos. En particular, es ajustado al reglamento el procedimiento en el que la negativa pueda efectuarse mediante un envío prefranqueado o una llamada a un número telefónico gratuito o a los servicios de atención al cliente.
Si en el plazo de un mes desde que recibe la solicitud el abonado no se hubiera pronunciado al respecto, se entenderá que consiente el tratamiento de los datos, siempre que así se hubiera hecho constar en la información dirigida al abonado.
En todo caso, los abonados tendrán la posibilidad de retirar en cualquier momento su consentimiento para el tratamiento de sus datos.
6. La publicidad por Internet
Algunas empresas optan por el envío de publicidad no solicitada a través del correo electrónico, debido a su bajo coste. Esta práctica, sin embargo, perjudica a la imagen de la empresa y cuenta con el rechazo generalizado de los usuarios de internet.
El envío de publicidad o promociones mediante el correo electrónico u otro medio equivalente está prohibido, salvo que el consumidor haya prestado su consentimiento o ya exista una relación comercial anterior y la publicidad se refiera a productos o servicios similares a los que inicialmente compró o contrató el consumidor.
En cualquier caso, el empresario debe ofrecer al consumidor la posibilidad de oponerse de una manera rápida y sencilla al envío de esta publicidad, incluido el caso en que previamente hubiera prestado su consentimiento.
Es recomendable no abrir aquellos correos cuyo remitente no conocemos o no incluyen descripción del tema que contienen.
7. Internet y los menores
Internet Internet se ha convertido en una herramienta de uso generalizado, tanto entre los adultos como entre los más jóvenes, con un gran potencial educativo y de entretenimiento. Pero también ha supuesto la aparición de riesgos para los menores y es necesario que padres y educadores estén lo suficientemente informados para ayudar a los menores a navegar por internet de forma segura.
En la web Internet segura
encontraremos numerosos consejos. Esta web forma parte del programa liderado por la Fundació Catalana per a la Recerca (FCR) para sensibilizar a la ciudadanía del uso seguro de internet, y así contribuir a la creación de una cultura de la responsabilidad que permita a niños y adolescentes beneficiarse cada vez más de internet.
La Fundació Catalana per a la Recerca (FCR)
es una institución privada sin ánimo de lucro que tiene como objetivo básico promover el desarrollo tecnológico y científico y difundirlo entre la sociedad civil de Cataluña.
En la web Internet segura
se ofrecen consejos para educadores y padres para ayudar a los niños y adolescentes a navegar con seguridad:
8. Bajas
El usuario puede darse de baja en cualquier momento y de la misma forma en que se dió de alta, sin ningún coste o carga desproporcionada.
Causas y formas de extinción y renovación del contrato de abono:
El contrato se extinguirá por las causas generales de extinción de los contratos y, especialmente, por voluntad del abonado, comunicándolo previamente al prestador del servicio con una antelación mínima de 15 días naturales al momento en que debe ser efectiva.
El operador no podrá facturar ni cobrar ninguna cantidad que se haya podido producir por causas no imputables al usuario, con posterioridad al plazo de 15 días en que debía ser efectiva la baja.
Para darse de baja:
Los operadores deben disponer de un departamento o servicio especializado de atención al cliente que tenga por objeto atender y resolver las quejas y reclamaciones y cualquier incidencia contractual que planteen los clientes.
Este servicio de atención al cliente, de carácter gratuito, deberá prestarse de forma que el consumidor tenga constancia de la reclamación, queja o petición efectuada, estando obligado el operador a comunicar al abonado el número de referencia otorgado a la reclamación, queja o incidencia.
Si el medio habilitado por el operador para la atención de quejas, reclamaciones o incidencias es telefónico, éste estará obligado a informar al consumidor de su derecho a solicitar un documento que acredite la presentación y contenido de la queja o reclamación mediante cualquier soporte que permita dicha acreditación.
Se debe garantizar, en todo caso, al usuario la constancia del contenido de su solicitud de baja en el servicio.
Instada por el usuario la resolución por incumplimiento contractual, la eficacia de este requerimiento será inmediata.
?La existencia de la cláusula de permanencia no impide que el usuario pueda darse de baja, si bien puede ocasionar la pérdida de las ventajas u ofertas vinculadas a la oferta, o el operador podría exigir una compensación proporcional al tiempo de alta.
9. Derecho a compensación por la interrupción temporal del servicio de acceso a internet
1. Cuando, durante un periodo de facturación, un abonado sufra interrupciones temporales del servicio de acceso a internet, el operador deberá compensar al abonado con la devolución del importe de la cuota de abono y otras cuotas fijas, prorrateadas por el tiempo que hubiera durante la interrupción. A estos efectos, el operador estará obligado a indemnizar automáticamente al abonado, en la factura correspondiente al periodo inmediato al considerado, cuando la interrupción del servicio suponga el derecho a una compensación por importe superior a 1 euro.
El contrato de abono del servicio de acceso a internet deberá recoger los términos y condiciones en que se cumplirá esta obligación.
2. No será de aplicación el apartado anterior cuando la interrupción temporal esté motivada por alguna de las causas siguientes:
3. A los efectos del derecho a indemnización o compensación por la interrupción del servicio, y para la determinación de su cuantía, cuando un operador incluya en su oferta la posibilidad de contratar conjuntamente servicios de telefonía fija e internet, podrá indicar en su oferta la parte del precio que corresponde a cada servicio. De no hacerlo, se considerará que el precio de cada uno es el proporcional al de su contratación por separado. Si el operador no comercializara los servicios por separado, se considerará que el precio de cada uno es el del 50% del precio total.
4. La compensación prevista se entiende sin perjuicio de la responsabilidad por daños que se produzcan a los usuarios finales.
10. ¿Cómo puedo reclamar?
Los operadores deben disponer de un departamento o servicio especializado de atención al cliente que tenga por objeto atender y resolver las quejas y reclamaciones y cualquier incidencia contractual que planteen los clientes.
Este servicio de atención al cliente, de carácter gratuito, tendrá que prestarse de forma que el consumidor tenga constancia de la reclamación, queja o petición efectuada, estando obligado el operador a comunicar al abonado el número de referencia otorgado a la reclamación, queja o incidencia.
Si el medio habilitado por el operador para la atención de quejas, reclamaciones o incidencias es telefónico, éste estará obligado a informar al consumidor de su derecho a solicitar un documento que acredite la presentación y contenido de la queja o reclamación mediante cualquier soporte que permita dicha acreditación.
Los abonados tienen que formular las quejas o reclamaciones en el plazo de 1 mes desde el momento en que tengan conocimiento del hecho que las motiva.
Formulada la reclamación, si el abonado no ha obtenido respuesta satisfactoria del operador en el plazo de 1 mes, podrá acudir a:
Los usuarios podrán realizar consultas sobre los derechos reconocidos en este título en la Oficina virtual de la pàgina del Ministeri d’Indústria, Turisme i Comerç
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